El 30 de mayo pasado se dictó por la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la Circular DDU N°525, que informa las normas a las que se refiere el artículo segundo transitorio de la Ley N°21. 718 sobre Agilización de Permisos de Construcción con entrada en vigencia el 30 de mayo de 2025, impartiendo instrucciones al efecto (“DDU N°525”). Entre otras materias, establece la vigencia diferida de las normas relativas a las obligaciones de publicidad de los permisos otorgados por las Direcciones de Obras Municipales (“DOM”) y la SEREMI de Vivienda y Urbanismo (“SEREMI MINVU”), además de los nuevos plazos para dar respuesta a solicitudes de permisos; el silencio administrativo negativo y el nuevo régimen de reclamaciones en contra de las resoluciones de la DOM.
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